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miércoles, diciembre 4, 2024
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IDM aceptó reclamo de empresas de transporte y fija nuevos valores del boleto

A partir de la hora cero del día 1° de enero de 2019 rigen nuevos valores de los boletos de transporte colectivo departamental de pasajeros en respuesta a la solicitud que realizaron las empresas a la IDM ante los costos salariales y las dificultades que enfrentan en la actualidad. Se mantienen subsidios a estudiantes y otros. 

A través de cartas que fueron firmadas por los representantes de las principales empresas de transporte del departamento, en noviembre y diciembre de este año, Codesa y Guscapar describieron las dificultades que están atravesando y exhortan a la Administración a considerar un aumento del boleto local, así como incrementos por tramos.

En el caso de la empresa Codesa, la carta fue enviada el 29 de noviembre al director general de Tránsito y Transporte, Juan Pígola. Allí señalaron la evolución de costos desde el último incremento, en setiembre de 2017.

También se ejemplifica que en el mes de marzo de 2017 y setiembre de 2018, el aumento del costo salarial fue del 8,93 %. Asimismo, le suman el IPC; para este componente se seguirá tomando la inflación esperada en el período comprendido entre setiembre y agosto de 2019 publicada por el Banco Central del Uruguay (BCU). El valor de la estimación se sitúa en un 8,10 %.

Con respecto al aumento del dólar, Codesa también tomó el informe de expectativas del BCU y según esos valores el aumento se sitúa en un 8,79 % estimado. Sobre el ajuste de paramétrica, la empresa aseguró que aplicando estos aumentos a la utilizada por la IDM, la suba de costos para el período determaría un valor del orden del 7,82 %.

A su vez, se hizo referencia a la incidencia del mercado y los kilómetros recorridos, afirmando que existe un deterioro del 3,84 % tomando el cociente entre ambos índices y el índice pasajero-kilómetro.

La IDM considera las dificultades que están atravesando las empresas y ante esta situación resulta necesario distribuir el aumento del índice tarifario en el conjunto de tramos, considerando las necesidades para la sustentabilidad del sistema, las posibilidades y necesidades de los usuarios; manteniéndose las políticas de descuento a los pasajeros abonados mensualmente.

Vale decir, que la Intendencia asume aproximadamente el 70% del costo total del subsidio para estudiantes y del 50% jubilados (A) y 25% para jubilados (B), así como también otros tipos de subsidios para atender una cantidad importante de pases libres, destinados a personas con discapacidad o con situaciones sociales de vulnerabilidad, subsidio a estudiantes y transporte social en zonas rurales, entre otros.

Para la fijación de la nueva tarifa se tomó en cuenta la variación del costo operativo, así como la venta de boletos en ejercicios anteriores.

Además, este incremento se encuentra basado también en el crecimiento del Índice de Precios al Consumo (IPC) estimado para ese período es del 8,10% así como la proyección para fines de 2019 de un aumento promedio estimado del dólar del 8,79%.

Según las negociaciones del sector,  para el departamento de Maldonado, se establecieron dos aumentos salariales: uno a partir del 1º de setiembre de 2018 y otro a partir del 1º de marzo de 2019, tomando en cuenta las partidas especiales fijadas para ese período, conformando un aumento del 8,93%.

Por lo tanto, desde las cero horas del día 1° de enero de 2019, regirán los siguientes valores:

BOLETOS COMUNES

  • BOLETO LOCAL: $ 23
  • BOLETO TRAMO 1: $ 38
  • BOLETO TRAMO 2: $ 50
  • BOLETO TRAMO 3: $ 65
  • BOLETO TRAMO 4: $ 80

COMBINACIONES

  • COMBINACIÓN TRAMO 1: $ 38
  • COMBINACIÓN TRAMO 2: $ 55
  • COMBINACIÓN TRAMO 3: $ 72
  • COMBINACIÓN TRAMO 4: $ 88

BOLETOS JUBILADOS A

  • BOLETO LOCAL: $ 12
  • BOLETO TRAMO 1: $ 20
  • BOLETO TRAMO 2: $ 25
  • BOLETO TRAMO 3: $ 33
  • BOLETO TRAMO 4: $ 40

BOLETOS JUBILADOS B

  • BOLETO LOCAL: $ 17
  • BOLETO TRAMO 1: $ 28
  • BOLETO TRAMO 2: $ 38
  • BOLETO TRAMO 3: $ 49
  • BOLETO TRAMO 4: $ 61

Las empresas deberán aceptar todas las combinaciones expedidas por las otras empresas y las emitidas por las mismas, siempre y cuando se respeten las condiciones establecidas de origen, destino y duración.

Asimismo, tendrán que exponer a la vista pública los nuevos valores tarifarios y su fecha de vigencia dentro de los ómnibus.

Las declaraciones juradas de ventas de boletos comunes (boleto local, tramos 1, 2, 3 y 4 y combinaciones respectivas) deberán continuar siendo presentadas en el formato de expedición electrónica que emiten las maquinas instaladas en cada vehículo, acompañado de la planilla de declaración jurada de venta de los distintos abonos. No serán tenidas en cuenta las declaraciones juradas que no estén respaldadas por la información electrónica.

VER Resolución Nº 11081/2018

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