Desde el año 2013, las trabajadoras del sector doméstico reciben una prima por presentismo, la cual se abona dos veces al año en conjunto con el aguinaldo.
Este beneficio está destinado a todos aquellos trabajadores del sector que hayan mantenido asistencia perfecta durante el período que se considera para el aguinaldo, según lo informado por el Banco de Previsión Social (BPS).
El monto que corresponde a esta prima se calcula como una cuarta parte del medio aguinaldo, incluyendo todos los rubros salariales que se tienen en cuenta para el cálculo del aguinaldo. Además, el BPS aclaró que se trata de una partida con carácter salarial que está sujeta a los aportes de seguridad social y al IRPF, en caso de que aplique.
Existen ciertas faltas que se consideran justificadas y que no afectan el derecho a recibir esta partida. Estas son:
- Enfermedad con certificación médica, la cual debe ser presentada al BPS o al BSE.
- Ejercicio del derecho de huelga, que haya sido convocada por el Pit-Cnt o el Sindicato Único de Trabajadoras Domésticas de manera general.
- Licencia anual reglamentaria.
- Licencias especiales, tales como por estudios, duelo, matrimonio, entre otros.
Por otra parte, los empleadores que consideren que no corresponde el pago de la prima deben comunicarlo al BPS antes del 30 de junio.
Con información de Montevideo Portal


